Política De Sustentabilidad

Para COMPAÑÍA MINERA CORDILLERA CHILE SCM Y TERMINAL MARÍTIMO PATACHE S.A., compañías dedicadas a la Comercialización, extracción, procesamiento, control, logística local y embarque de sal (Cloruro de Sodio), utilizado principalmente para el uso de deshielo de camino, químico e industrial, la Sustentabilidad constituye el marco rector de nuestra gestión de negocios, y aplica a todos los niveles de la organización, abarcando a las personas, comunidades, proyectos, operaciones e instalaciones y productos, tanto en el ámbito interno como externo.

Las compañías están comprometidas a ser un productor y comercializador de Sal confiable, efectivo y sustentable, entregando un producto de excelencia a nuestros clientes, comprometidos en otorgar una atención y servicio que asegure una relación de largo plazo y de beneficio mutuo, al menor costo, basada en una relación transparente y ética con las partes interesadas, habida consideración del crecimiento económico, y las expectativas y necesidades sociales, económicas y ambientales de las comunidades y grupos de interés con quienes nos vinculamos.

De acuerdo con lo anterior:

  1. Reconocemos, respetamos y garantizamos los derechos humanos fundamentales de las personas, su igualdad y dignidad, especialmente frente al trabajo, por lo que rechazamos todo tipo de discriminación en el desarrollo de nuestra actividad y la de nuestros colaboradores y proveedores.

  2. Nos comprometemos a generar un ambiente laboral seguro y saludable para todos los integrantes de la organización y su cadena de valor, para el desarrollo de cada actividad, aplicando las mejores prácticas de la industria, promoviendo una cultura de salud y seguridad, reconociendo y reforzando continuamente los esfuerzos de toda la compañía para lograr cero incidentes de salud o seguridad mediante la implementación oportuna de las medidas necesarias para controlar los riesgos detectados.

  3. Buscamos desarrollar capacidades locales y potenciar la creación de valor económico, social y ambiental en cada comunidad para contribuir a su bienestar y calidad de vida, a través de una relación colaborativa e inclusiva con nuestros clientes, empleados, contratistas, proveedores, con la comunidad y los organismos del Estado.

  4. Buscamos fomentar un diálogo abierto y respetuoso con las Comunidades y Pueblos Indígenas a lo largo de todo el ciclo de vida de la minería, trabajar para lograr relaciones de buena fe entre las partes y lograr una buena gestión de suministros y desarrollo económico, apoyando a las Comunidades locales a través de medidas tales como programas de desarrollo, suministro local de bienes y servicios y empleo de la población local que sean perdurables en el tiempo.

  1. Reconocemos, valoramos y respetamos las culturas, costumbres, patrimonio y valores de las comunidades y pueblos originarios, basándonos en el cumplimiento de nuestros valores y de los principios voluntarios a los que adherimos, así como de la legislación vigente.

  2. Desarrollamos nuestras operaciones de una manera sustentable y promovemos una relación de entendimiento con nuestros grupos de interés, con una visión de largo plazo y de beneficio mutuo, privilegiando la búsqueda de oportunidades que apunten a la creación de valor compartido y de largo plazo.

  3. Nos comprometemos a desplegar nuestros esfuerzos por reducir los eventuales impactos sociales, ambientales y económicos adversos según los términos acordados en instancias de diálogo entre las Compañías, Comunidades y grupos de interés. Para ello nos comprometemos a trabajar para mejorar nuestro desempeño social, económico y ambiental a largo plazo mediante la implementación de estrategias sustentables.

  4. Fomentamos las buenas prácticas asociadas a la probidad y transparencia, promoviendo la difusión de los valores éticos en todos los niveles de la organización, informando oportunamente de todos los incidentes con miras a llevar a cabo los negocios de acorde a principios éticos, evitado todas las formas de corrupción de acuerdo con nuestra Política de Prevención del Delito.

  5. Aplicamos estándares de excelencia en el desarrollo de nuestros procesos productivos y velamos por el cumplimiento de las certificaciones nacionales e internacionales exigidas y voluntarias, promoviendo el mejoramiento continuo mediante la capacitación del personal, tanto propio como de nuestros contratistas.

  6. Reconocemos el valor de la biodiversidad y de los ecosistemas presentes en el entorno de nuestra operación, sectores aledaños y en toda nuestra cadena productiva. Velamos por la conservación y protección del medio ambiente aplicando un sistema de gestión ambiental basado en el mejoramiento continuo, y considerando la revisión, prevención o mitigación de los impactos ambientales adversos ocasionados por el desarrollo y ejecución de los proyectos, la operación actual y el cierre de faenas.

Matthias Mohr
Gerente General

Política Social

Compañía Minera Cordillera Chile SCM, aportó todos los recursos económicos necesarios para la construcción del Colegio Nazaret, ubicado en la localidad de Alto Hospicio, Iquique.

El Colegio Católico Nazaret, es una institución que nace bajo el amparo de la Iglesia Diocesana de Iquique y los aportes económicos de la Minera, brindando una educación totalmente gratuita de Kinder a Cuarto Medio, con el deseo de atender a los niños más vulnerables de Alto Hospicio, dándoles una enseñanza cristiana-católica y académica de la más alta calidad.

El Colegio abre sus puertas el día 14 de Marzo del 2011 para comenzar así la historia que cambiará la vida de muchos niños y jóvenes del sector.

Estamos convencidos de que para que los niños y los jóvenes crezcan de manera integral necesitan una educación de calidad.

Nuestro lema es : “Cree, acompaña y educa en Amor”.

Ley 20.393 "Prevención del Delito"

El Manual de Ética establece que es obligatorio para todo trabajador de la organización el reportar la sospecha de que miembros de la organización están cometiendo alguno de los delitos que transgreda la Ley N°20.393, debiendo denunciarlo ante el Encargado de Prevención del Delito. Para cumplir con la obligación de denuncia se deberá completar el Formulario de Denuncias Ley N°20.393, descargable al final de esta sección.

Quienes realizan la denuncia deberán presentar una descripción precisa y completa de los siguientes puntos:

  1. Los hechos denunciados que constituirían una infracción de la ley, incluyendo la fecha y lugar en que habría ocurrido la conducta o situación objeto de la denuncia.

  2. Las personas a las que se identifica como autores de la infracción.

  3. Toda otra referencia o circunstancia relevante que ayudaría a comprender de mejor manera los hechos denunciados.

La empresa contempla la posibilidad que se realicen denuncias tanto con identificación del denunciante como bajo confidencialidad, pero en ambos casos se exigirá seriedad y responsabilidad en las materias a denunciar. La denuncia deberá ser dirigida al Encargado de Prevención de Delitos, Sr. Mauricio Moya por cualquiera de los tres canales que la organización ha dispuesto para ello:

Ley 21.643 "Ley Karin"

En conformidad con lo estipulado en la Ley N°21.643, la Empresa ha desarrollado el presente “Protocolo de Prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo”, en cumplimiento de los artículos 154 N°12 y 211-A del Código del Trabajo, con el fin de implementar acciones dirigidas a prevenir el acoso sexual, laboral y la violencia en el entorno de trabajo.

Este protocolo tiene en cuenta las disposiciones de la Constitución Política de la República de Chile, que en su artículo 19, N°1, consagra el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas.

Asimismo, se considera lo establecido en el artículo 2° del Código del Trabajo, el cual dispone que "Las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que, para efectos de este Código, implica la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y a erradicar la discriminación basada en dicho motivo". En consecuencia, son contrarias a estos principios las conductas constitutivas de acoso sexual, acoso laboral y la violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral.

Para dicho efecto, se definen en este Protocolo lineamientos a seguir respecto a la recepción, tratamiento e investigación de denuncias, como recomendaciones para trabajar en la prevención del acoso laboral y sexual contemplando medidas a aplicar en bien del acompañamiento y la recuperación de las personas o equipos que han sido afectadas por situaciones de este tipo.

  Procedimiento de Canal de denuncias

  Instructivo para la Utilización del Canal de Denuncias Web

Este Protocolo será aplicable a todas las personas trabajadoras, incluyendo a jefes, gerentes y directores de la Empresa, sin importar su tipo de relación contractual. También se extiende a contratistas, subcontratistas y proveedores. Asimismo, se aplicará, cuando sea pertinente, a las visitas, usuarios o clientes que acudan a nuestras instalaciones, así como a los estudiantes en práctica.

En la denuncia deberá hacer una relación detallada de los hechos y circunstancias que constituyen el acoso sexual, o el acoso laboral, indicando lugar, fecha, hora y demás circunstancias en que ocurrieron, identificando a los involucrados y testigos con la mayor precisión posible, contener la fecha de la denuncia, nombre, cédula de identidad y firma del denunciante.

Estos antecedentes deberan ser enviados a: mgonzalez@tmp.cl - mgonzalez@cmcordillera.cl, segun correponda o a través del siguiente formulario:

  Modelo de Prevencion de CMC y TMP

  Protocolo de Actuacion con Funcionarios y Autoridades Publicas CMC - TMP

  Código de ética CMC - TMP

  Ley Karin. Protocolo Prevención Terminal Marítimo Patache

  Ley Karin Protocolo Prevencion Minera Cordillera